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Parte 107 de la FAA: lo básico antes de volar un dron de forma comercial

Si vas a volar un dron para un trabajo, un cliente o cualquier fin que no sea recreativo, aplica la Parte 107. Este es el resumen de lo que hay que tener claro antes de despegar.

FlyVANT PR · 1 de octubre de 2026

En corto
  • Todo vuelo comercial con un dron de menos de 55 libras se rige por la Parte 107 (14 CFR Part 107).
  • Hace falta el certificado de piloto remoto, el dron registrado en la FAA y Remote ID.
  • Límite general: 400 pies sobre el suelo, siempre con el dron a la vista.
  • En espacio aéreo controlado, como cerca de aeropuertos, se necesita autorización antes de volar.

¿Cuándo aplica la Parte 107?

Aplica a cualquier vuelo que no sea puramente recreativo: fotos o video para un negocio, inspecciones, mapeo, bienes raíces, contenido para una marca o cualquier trabajo por el que se reciba pago. No importa el tamaño del trabajo; si es comercial, es Parte 107.

El certificado de piloto remoto

El certificado debe estar disponible durante el vuelo, igual que la identificación.

Registro del dron y Remote ID

Los drones que se usan bajo la Parte 107 se registran en FAA DroneZone. El registro cuesta $5 y es válido por 3 años. El número de registro tiene que estar visible en el exterior del dron.

Desde el 16 de septiembre de 2023, los drones que requieren registro deben transmitir Remote ID, ya sea integrado de fábrica o con un módulo externo, salvo que se vuele dentro de una zona FRIA reconocida por la FAA.

Reglas básicas de vuelo

ReglaLímite general
Altura400 pies sobre el suelo. Si se inspecciona una estructura, se puede volar hasta 400 pies por encima de ella, dentro de un radio de 400 pies.
Línea de vistaEl dron debe estar a la vista del piloto o de un observador visual, sin binoculares.
VelocidadMáximo 100 millas por hora (87 nudos).
PrioridadSiempre ceder el paso a aeronaves tripuladas.
Sobre personasSolo según las categorías de la regla de operaciones sobre personas, o con exención.

Espacio aéreo controlado

Cerca de aeropuertos el espacio aéreo es controlado (clases B, C, D y E en superficie). Para volar ahí hace falta una autorización de la FAA antes del vuelo. La vía más rápida es LAANC, que en muchos lugares da la autorización casi al instante a través de aplicaciones aprobadas. Donde LAANC no está disponible, la solicitud se hace por FAA DroneZone.

Además, hay restricciones temporales de vuelo (TFR) por eventos, emergencias o seguridad. Antes de cada vuelo hay que revisar el área en una aplicación aprobada o en el mapa de la FAA.

Vuelos de noche

Desde abril de 2021 se puede volar de noche bajo la Parte 107 sin exención, siempre que:

En espacio aéreo controlado la autorización sigue siendo necesaria, también de noche.

Checklist rápido antes de despegar

  1. Certificado de piloto remoto vigente y a la mano.
  2. Dron registrado, con el número visible y Remote ID activo.
  3. Clima y viento revisados.
  4. Espacio aéreo y TFR revisados; autorización si hace falta.
  5. Baterías cargadas, hélices sin daños, firmware al día.
  6. Área de despegue segura y personas alrededor informadas.

Este artículo es informativo y resume reglas generales de la FAA. Las reglas pueden cambiar; antes de cada operación consulta la información oficial en faa.gov/uas.

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